Proporción de la población que informa haberse sentido personalmente discriminada o acosada en los 12 meses anteriores por motivos de discriminación prohibidos por el derecho internacional de los derechos humanos.
Ficha metodológica
Meta: 16.b. Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible.
Indicador: 16.b.1. Porcentaje de la población que declara haberse sentido personalmente víctima de discriminación o acoso en los últimos 12 meses por motivos de discriminación prohibidos por el derecho internacional de los derechos humanos, desglosado por grupo de edad y sexo.
Definiciones y conceptos:
Este indicador se define como la proporción de la población de adultos que declara haber sufrido personalmente discriminación o acoso durante los últimos 12 meses, por motivos prohibidos por el derecho internacional de los derechos humanos (DDHH). El derecho internacional de DDHH se refiere al conjunto de instrumentos jurídicos internacionales que tienen como objetivo promover y proteger los DDHH, incluida la Declaración Universal de Derechos Humanos y los posteriores tratados internacionales de derechos humanos adoptados por las Naciones Unidas.
Por discriminación se entiende toda distinción, exclusión, restricción o preferencia u otro trato diferenciado que se base directa o indirectamente en motivos prohibidos de discriminación (a partir de una lista provista por el derecho internacional en DDHH), y que tenga la intención o efecto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en pie de igualdad, de DDHH y libertades fundamentales en el ámbito político, económico, social, cultural o en cualquier otro ámbito de la vida pública.
El acoso, por su parte, se entiende como forma de discriminación cuando también se basa en motivos prohibidos de discriminación. El acoso puede tomar la forma de palabras, gestos o acciones que tienden a molestar, alarmar, abusar, degradar, intimidar, menospreciar, humillar o avergonzar a otro o que crean un ambiente intimidatorio, hostil u ofensivo. Si bien generalmente involucra un patrón de comportamiento, el acoso puede tomar la forma de un solo incidente.
Una revisión del marco normativo internacional de derechos humanos ayuda a identificar una lista de motivos que incluyen raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otro tipo, origen nacional, origen social, propiedad, estado de nacimiento, discapacidad, edad, nacionalidad, matrimonio y estado familiar, orientación sexual, identidad de género, estado de salud, lugar de residencia, situación económica y social, embarazo, condición de indígena, afrodescendiente, entre otros.
Fórmula de cálculo: Número de encuestados que sintieron que sufrieron personalmente discriminación o acoso por uno o más motivos prohibidos de discriminación durante los últimos 12 meses, dividido por el número total de encuestados, multiplicado por 100.
Unidad de medida: Porcentaje.
Fuente: Chile: Base de datos oficial de Indicadores ODS desarrollada por la División de Estadísticas de NNUU (actualizada a diciembre de 2020). Uruguay: Sistema de Información sobre Juventudes/Instituto Nacional de la Juventud (INJU) – Dirección Nacional de Evaluación y Monitoreo; en base a la Encuesta Nacional de Adolescencia y Juventud, Instituto Nacional de Estadística, 2008-2013. Disponible en Informe Nacional Voluntario – Objetivos de Desarrollo Sostenible, 2019.
